Fecha: 17 de Abril de 2024
Los trabajadores/as ya estamos hartos de ver como Telefónica de forma torticera intentar restringir nuestros derechos vulnerando lo recogido por el Estatuto de los Trabajadores. Pero no sólo eso, también ignorando las sentencias de los tribunales, con la inestimable ayuda de sus socios, los agentes sociales que firman convenios con textos poco claros y restrictivos.
En este caso hablamos del inicio de los permisos retribuidos cuando el hecho causante tiene lugar en un día no laborable para el trabajador/a. La sentencia no recurrible del Tribunal Supremo (STS Nº 695/2023, sentencia firme no recurrible y que aplica y reitera doctrina) estipula que los permisos retribuidos de matrimonio, enfermedad, fallecimiento y nacimiento de hijos deben iniciarse en el primer día laborable siguiente al del hecho causante.
La empresa lo ha reconocido en sus FAQ’s del III CEV en el caso del matrimonio. Sin embargo, en el resto de los permisos antes comentados, lo está denegando a los compañeros y compañeras que lo solicitan cuando están en su derecho. Y ello, gracias a un redactado engañoso del artículo 102 del III CEV en el que no se menciona la casuística que trata la sentencia del Tribunal Supremo. Siempre quebrantando la ley en contra de los intereses de los trabajadores y trabajadoras.
Desde ASC estamos vigilantes y acompañamos a los compañeros y compañeras que nos consultan para que la empresa les dé lo que legalmente les corresponde. Y no nos duelen prendas (la empresa ya lo sabe) de acudir a INSPECCIÓN DE TRABAJO para garantizar que estos derechos se apliquen en todos los casos.
La empresa sabe perfectamente que una información sesgada, errónea o falsa en las herramientas facilitadas para tramitar todo tipo de permisos provoca que muchos trabajadores y trabajadoras renuncien voluntariamente a exigir sus derechos. En este caso, Success Factor es la aplicación impuesta por la dirección que nos obliga a solicitarlos una vez que han pasado por el tamiz patronal. Su mal funcionamiento o las dudas que pueda crear en el manejo, funciona como elemento restrictivo para seguir arrebatándonos nuestros derechos. Incluso la negativa por parte de nuestro responsable jerárquico inmediato persiga que muchas de nosotras y nosotros renunciemos a reclamarlo.
La destrucción de empleo pactada con UGT, CCOO y SUMADOS-Fetico tiene como consecuencia directa que la dirección de la empresa, a través de la cadena de mandos, trate de paliar el déficit de tiempo de trabajo para seguir aumentando la productividad con cada vez menos plantilla.
Los trabajadores y trabajadoras conocemos esta sentencia del Tribunal Supremo, por tanto, no renuncies a solicitar este derecho cuando te corresponda; de hecho, exígelo y reclámalo en caso de que te lo denegaran. Y no dudes en ponerte en contacto con ASC para que peleemos por tus derechos, que son los DERECHOS DE TODOS NOSOTROS Y NOSOTRAS.
LOS DERECHOS NO SE VENDEN, SE DEFIENDEN!!
¡LA ÚNICA LUCHA QUE SE PIERDE ES LA QUE SE ABANDONA!