Fecha: 19 de Febrero de 2021
Estamos recibiendo multitud de consultas y quejas por parte de trabajadores y trabajadoras de este Departamento, en cuanto a la nueva idea de la empresa de acometer nuevos trabajos en Planta Exterior. En concreto, ampliar divisores de fibra óptica en Cajas Terminales, que están situadas tanto en espacios confinados (como las cámaras de registro) o en fachada (trabajos en altura).
Además, la empresa pretende que le salga barato y de un día para otro. Sin cursos de formación adecuados y presenciales tanto en el aspecto técnico como en el de Prevención de Riesgos laborales, sin planificación alguna, sin herramientas adecuadas, sin elementos, materiales y equipos necesarios para la instalación, y lo que es más grave: sin Equipos de Protección Individuales.
Actividad también que estaba en el olvido, dada la política de destrucción de trabajo digno y profesional que sigue llevando a cabo la empresa en colaboración de sus socios sindicales y precarización del mismo a través de Contratas y Subcontratas.
Desde AST, conocedores de esta grave situación, nos hemos dirigido a la Empresa exigiendo que paralice y suspenda de inmediato esta actividad.
Desde AST vemos con suma preocupación la nula preparación profesional que demuestran los mandos y Jefes de la empresa respecto a las órdenes de trabajo que aplican, sin conocimiento alguno de la actividad a desarrollar y, lo que es peor; sin conocimiento o desprecio de las normas de Seguridad y Salud laboral implícitas y obligatorias, para prevenir y proteger de accidentes a sus trabajadores/as en el desempeño de su actividad.
Por todo ello, no queremos dejar de informar y concienciar a todas y todos los trabajadores que el trabajo en fachadas y postes está considerado como trabajos en altura siempre que sobrepasen los dos metros de altura y, para ello, es obligatorio que la empresa dé la formación de trabajos en altura, práctica y teórica. Lo mismo para trabajos en espacios confinados. Así lo dice la ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 en su Artículo 19:
La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.
La formación teórica y práctica se hace más necesaria en los trabajos en altura, trabajos con riesgo eléctrico y trabajos en lugares confinados, donde la parte práctica es absolutamente imprescindible para garantizar una formación completa.
Sin embargo, la empresa intenta, cada vez más, que la formación en PRL se haga a través de cursos on-line, sin ninguna parte práctica como establece la ley.
De hecho, y con el fin de cubrirse las espaldas, aunque es conocedora de la deficiente e incompleta formación en las tres actividades, la empresa está obligando a firmar un documento a los trabajadores y trabajadoras para que asuman que han recibido la formación en trabajos en altura, trabajos con riesgo eléctrico o trabajos en lugares confinados aunque sólo les hayan dado el curso on-line, sin ninguna parte práctica.
Desde AST queremos informaros que no debéis firmar ningún documento de ese tipo mientras no hayáis recibido la formación completa para estos tres tipos de trabajo, tanto teórica como práctica.
En Madrid ya denunciamos esta práctica por parte de la empresa y, aunque al principio intentaron convencernos de que la formación que se daba era la adecuada, ante nuestra negativa a aceptarla y nuestra petición constante de que se cumpliera con lo establecido normativamente, la empresa comenzó a programar la formación para estos tres tipos de trabajo con una parte teórica y una práctica.
Sin embargo, en las provincias donde AST no tiene representación en los Comités de Seguridad y Salud por la negativa de CCOO y UGT a que formemos parte de dichos comités, aprovechando su mayoría de delegados/as en dichas provincias, la empresa está dando la formación de PRL a través de Success Factor, sin ninguna parte práctica e incumpliendo lo establecido por ley al respecto. Entrega a los trabajadores y trabajadoras el documento comentado para que firmen que han recibido la formación en materia de prevención relacionada con los tres tipos de trabajo mencionados aunque la formación no sea completa y conforme a la ley y así cubrirse las espaldas.
Es lamentable que una empresa como Telefónica intente recortar la formación en PRL de una manera tan irresponsable y poniendo en riesgo a los trabajadores y trabajadoras que tienen que realizar trabajos en altura, trabajos con riesgo eléctrico y trabajos en lugares confinados. Desde AST seguiremos luchando y denunciando estas prácticas, instándoos de nuevo a que no firméis el documento donde aceptáis que habéis recibido la formación mientras ésta no sea la adecuada y completa, con la parte teórica y sobre todo práctica que establece la ley.
Son muchos los compañeros y compañeras que nos están haciendo llegar sus quejas por este asunto, y para cualquier duda o aclaración que necesitéis al respecto podéis dirigiros a nosotros a través del correo electrónico sindicatoast@sindicatoasc.org o astsaludlaboral@gmail.com, y nos pondremos en contacto con vosotros para informaros y asesoraros en todo lo que necesitéis