Fecha: 24 de Junio de 2020
Como ya os informábamos en mayo, en el comunicado “TELETRABAJO: LA EMPRESA ES RESPONSABLE DEL PUESTO DE TRABAJO”, ante la negativa de la empresa de facilitar las sillas ergonómicas especiales a los trabajadores y trabajadoras en sus domicilios, dotación que tienen por motivos de salud; AST presentó denuncia en la Inspección de Trabajo el 6 de mayo, al considerar que la empresa estaba incumpliendo lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), que recoge: “los trabajadores/as tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo y que el coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores”.
Nuestra denuncia hizo que la empresa, conocedora de que estaba incumpliendo la legalidad, rápidamente se reuniera con sus socios sindicales, CCOO y UGT, para firmar un acuerdo que, una vez más, le permitiera saltarse los derechos de la plantilla. De esta forma, acordaron la salida de las sillas ergonómicas específicas a los domicilios de las trabajadoras y trabajadores afectados, pero haciéndose cargo del transporte ellos mismos, de manera que la responsabilidad de la empresa la hacían recaer, una vez más, sobre los trabajadores y trabajadoras.
Informamos de todo esto al inspector de trabajo y recientemente hemos recibido el requerimiento con fecha de 12 de junio. En dicho requerimiento el Inspector concluye que, “dado que el coste de las medidas preventivas no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores”. Y REQUIERE a la empresa para su inmediato cumplimiento:
“[…] si un trabajador tiene prescrita por el Servicio de Prevención una silla ergonómica de características especiales o cualquier otro equipamiento adaptado a su dolencia y dicho trabajador preste sus servicios laborales a distancia, ya sea en el periodo excepcional del periodo de alarma… como fuera de dicha situación derivada de la pandemia, en el marco del teletrabajo previsto en el artículo 89 y en el Anexo V del Convenio Colectivo de empresas vinculadas, la empresa debe, a su cargo, poner a disposición la silla ergonómica o el equipamiento especial prescrito por el servicio de prevención, en el domicilio del trabajador, incluido su transporte, que no está obligado a sufragar el trabajador, salvo que éste optara por transportarla él mismo”.
En resumen: todo trabajador/a que tenga actualmente en su puesto de trabajo en las dependencias de Telefónica dotación ergonómica especial (silla ergonómica, reposapiés…), por prescripción del Servicio de Prevención, tiene derecho a que la empresa le dote del mismo en su domicilio (incluyendo el transporte), y no sólo por esta situación anómala, sino también teniendo teletrabajo en su forma voluntaria.
Esta semana hemos enviado un escrito a la empresa a través del Comité Provincial de Seguridad y Salud (CPSS) de Madrid, solicitándole el inmediato cumplimiento del requerimiento de la Inspección de Trabajo, y que establezca un protocolo sencillo de dotación y transporte a los domicilios de los y las trabajadoras con dotaciones específicas, de los elementos necesarios, generalmente sillas ergonómicas especiales. Nos están llegando quejas, porque la empresa exige un montón de requisitos que dificultan el proceso, con el objeto de intentar que los trabajadores/as desistan en sus peticiones.
Como os decíamos en nuestro anterior comunicado, siempre hemos denunciado que estos costes van contra el trabajador/a, y que los acuerdos firmados por la empresa con CCOO y UGT siempre han significado un beneficio para la empresa y una merma de derechos para l@s trabajador@s, a pesar de los comunicados e informaciones de estos sindicatos intentando engañarnos y colgándose medallas por lo “bien” que lo están haciendo.
Consideramos muy importante este requerimiento de la Inspección de Trabajo dándonos la razón, ya que se evita que dicho coste recaiga en l@s trabajador@s y obliga a que la empresa se responsabilice de ello, como establece la ley. Rechazamos esos “acuerdos de pasillo y despachos” con sus socios sindicales, CC.OO y UGT, que, como hacen habitualmente, solo sirven para avalar los atropellos de la empresa contra la plantilla.
Como siempre, a pesar de nuestro posicionamiento contrario al Teletrabajo como forma habitual de realizar nuestra actividad, desde AST seguiremos trabajando para que no se vulneren y se respeten los derechos de los trabajadores y trabajadoras.
En este caso, si tenéis algún problema para que os doten y transporten a vuestros domicilios las sillas ergonómicas especiales o cualquier elemento que tengáis dotado por motivos de salud, no dudéis en poneros en contacto con nosotros en la dirección: sindicatoast@sindicatoasc.org
¡¡LOS DERECHOS NO SE VENDEN, SE DEFIENDEN!!
¡LA ÚNICA LUCHA QUE SE PIERDE ES LA QUE SE ABANDONA!
AST ES MIEMBRO DE LA FEDERACIÓN SINDICAL MUNDIAL