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Fecha: 03 de Abril de 2024

QUE NO TE ENGAÑEN: CÓMO SE DEBEN APLICAR LOS PERMISOS RETRIBUIDOS

I. PERMISO POR ASISTENCIA DE UN DEBER INEXCUSABLE

Los trabajadores/as ya estamos hartos de ver como Telefónica de forma torticera intentar restringir nuestros derechos vulnerando lo recogido por el Estatuto de los Trabajadores.

Y uno de estas transgresiones es el PERMISO POR CUMPLIMIENTO DE UN DEBER INEXCUSABLE de carácter público y personal, el cual se debe conceder por el tiempo necesario.

En este tipo de permiso es donde precisamente está incluida la ASISTENCIA A JUICIO. Hasta el momento la empresa ha hecho de su capa un sayo, decidiendo de forma unilateral y saltándose la legalidad vigente, al informar en la Intranet que “la asistencia a juicio sólo genera Permiso Con Sueldo cuando la citación es como jurado, perito o testigo, nunca como denunciante o denunciado”.

Pues bien, desde ASC pusimos la correspondiente DENUNCIA EN INSPECCIÓN DE TRABAJO sobre el tema, defendiendo que este tipo de permiso debe concederse con sueldo también cuando se asiste a un juicio en calidad de denunciante o denunciado; y DESDE INSPECCIÓN DE TRABAJO NOS ACABAN DE DAR LA RAZÓN:

Se REQUIERE a la empresa para que con carácter inmediato actualice la información recogida en su INTRANET sobre los requisitos exigidos para el reconocimiento del permiso retribuido por cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, debiendo de hacerlo extensivo a los supuestos de asistencia a juicio como denunciante/denunciado (demandante/demandado), de tal forma que no se restrinja indebidamente el reconocimiento de su derecho a la plantilla. En todo caso la empresa deberá garantizar la concesión del permiso en los términos legalmente exigidos.”

La empresa tiene claro que si miente a la plantilla, informando mal de las condiciones para disfrutar de los permisos, va a provocar que mucha gente directamente no los solicite, renunciando así a un derecho que legalmente nos corresponde. Incluso que para quienes lo soliciten, cuando su responsable jerárquico inmediato lo rechace, renuncien a continuación a reclamarlo.

La destrucción de empleo pactada con UGT, CCOO y SUMADOS tiene como consecuencia directa que la dirección de la empresa, a través de la cadena de mandos, trate de paliar el déficit de tiempo de trabajo para seguir aumentando la productividad con cada vez menos plantilla.

Vista así esta resolución de Inspección de Trabajo, no renuncies a solicitar este derecho cuando te corresponda; de hecho, exígelo y reclámalo en caso de que te lo denegaran.

LOS DERECHOS NO SE VENDEN, SE DEFIENDEN!!

¡LA ÚNICA LUCHA QUE SE PIERDE ES LA QUE SE ABANDONA!

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